Evolución sobre la despenalización del aborto en México
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1931 |
Se aprobó el Código Penal para el
Distrito Federal, en el que se incluyó la despenalización del aborto en casos
de violación, cuando el embarazo pone en peligro la vida de la mujer y cuando
el aborto es producto de una imprudencia de la mujer. |
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1936 |
Ante la Convención de Unificación
Penal, celebrada en el Distrito Federal, la médica cirujana Matilde Rodríguez
Cabo leyó la ponencia "El aborto por causas sociales y económicas",
donde se pedía derogar los artículos que prohíben esa práctica. La autora del
escrito fue la Dra. Ofelia Domínguez Navarro. En junio se publicó el trabajo
de la Dra. Ofelia Domínguez Navarro en la revista Futuro,
dirigida por Vicente Lombardo Toledano, quien, aunque no secundaba sus
propuestas, avaló la necesidad de tratar el tema. |
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1974 |
Se reformó la Constitución para
incluir, en su artículo 4°, el derecho de toda persona a “decidir de manera
libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos”. |
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1976 |
La Coalición de Mujeres Feministas
(CMF) presentó una propuesta para despenalizar el aborto en la Cámara de
Diputados. No hubo respuesta. El Consejo Nacional de Población (CONAPO) creó
el Grupo Interdisciplinario para el Estudio del Aborto en México (GIEA),
constituido por especialistas y ministros de culto. Recomendó suprimir toda
sanción penal a las mujeres que, por voluntad expresa, decidan hacerse un
aborto, lo mismo que al personal que lo practique. Pidió el dictado de normas
sanitarias para que el servicio se preste en óptimas condiciones. |
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1977 |
La CMF volvió a presentar, a la
Cámara de Diputados, la iniciativa de ley a favor del aborto voluntario. No
hubo respuesta. |
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1979 |
Se creó el Frente Nacional de Lucha
por la Liberación y los Derechos de las Mujeres (FNALIDM) que buscó, junto
con la CMF, trabajar a favor del proyecto de despenalización presentado en
1977. La CMF y el FNALIDM elaboraron el Proyecto de Ley sobre Maternidad
Voluntaria que el Partido Comunista Mexicano presentó ante la Cámara de
Diputados. Se declaró el 10 de mayo como “Día de la maternidad libre y
voluntaria”. |
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1982 |
CONAPO planteó, en el Anteproyecto de
plan de acción para la integración de la mujer al desarrollo, que “es
necesario normar y no sólo despenalizar lo referente al aborto; es la
ilegalidad del servicio el que le da su carácter de clandestino, y lo que
trae riesgos”. |
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1983 |
El presidente Miguel De la Madrid
intentó modificar el Código Penal para reformar las disposiciones relativas
al aborto y al adulterio. Ante la fuerte reacción de la jerarquía de la
Iglesia Católica y grupos conservadores, la iniciativa fue archivada. |
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1989 |
Se cerraron tres clínicas donde se
practicaban abortos, se detuvo violentamente al personal y a las mujeres que
acababan de abortar. Se publicó el primer desplegado a favor de la
despenalización del aborto. La Procuraduría de Justicia del DF y la
Secretaría de Salud (SSA) establecieron las bases para el Programa de
Servicios Legales y de Salud en el DF que permitió que las embarazadas por
violación puedan abortar legalmente en cuatro hospitales de la Ciudad de
México. |
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1990 |
Se fundó la Coordinadora Feminista
del Distrito Federal (CFDF), que retomó los objetivos de la CMF: por la
libertad sexual, contra la violencia a las mujeres y por la despenalización
del aborto. El Congreso de Chiapas aprobó ampliar las causas por las que el
aborto no sería castigado: a solicitud de la pareja, con el fin de
planificación familiar, a petición de una madre soltera o por razones
económicas. La jerarquía de la Iglesia Católica y el Partido Acción Nacional
(PAN) rechazaron la reforma y diversas organizaciones civiles se movilizaron
a favor. La reforma penal fue congelada. |
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1991 |
Congelar la ley del aborto en Chiapas
produjo en el DF un debate entre los partidos políticos. Sindicatos,
organizaciones de mujeres, de feministas y de salud, y partidos políticos
formaron el Frente Nacional por la Maternidad Voluntaria y la Despenalización
del Aborto. El presidente Carlos Salinas de Gortari envió a la Cámara de
Diputados una iniciativa de reforma a la Ley General de Salud para permitir
el aborto por razones económicas. El PAN consiguió que se rechazara. |
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1998 |
El 28 de mayo, “Día Internacional de
Acción por la Salud de las Mujeres”, a través de un desplegado promovido por
GIRE, personalidades de la cultura y la ciencia —entre ellas Octavio Paz—
solicitaron la modernización del Código Penal del DF para incluir las causas
por las que no se castiga el aborto en otros estados de la república. |
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1999 |
Más de 40 organizaciones civiles
agrupadas en la campaña “Acceso a la Justicia para las Mujeres” presentaron
propuestas de reformas al Código Penal; entre ellas, ampliar las
excepciones por las que se permite el aborto en el DF. La
propuesta no fue aprobada. En Mexicali fue violada Paulina,
adolescente a quien las autoridades estatales le impidieron que aborte. El
caso adquirió repercusión nacional e internacional. A la fecha, continúa el
proceso penal a los funcionarios públicos involucrados. |
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2000 |
El Congreso del estado de Guanajuato
aprobó un nuevo Código Penal en el que se volvía a penalizar el aborto en
casos de violación. Hubo reacciones en contra en todo el país. El gobernador
de Guanajuato vetó dicho Código y quedó sin efecto el retroceso. 14
de agosto: la jefa de Gobierno del DF, Rosario Robles, envió una
propuesta a la Asamblea Legislativa (ALDF) para modificar la legislación
penal en materia de aborto, aumentar algunas causas de despenalización y
establecer mecanismos claros para acceder al aborto por violación y por
inseminación artificial no consentida. 18 de agosto: la
ALDF aprobó la propuesta de Robles. Se aumentaron tres causas para abortar
legalmente en la capital del país: por inseminación artificial no consentida,
por grave daño a la salud de la mujer y cuando el producto presenta
malformaciones congénitas o genéticas graves. También se obligó a los médicos
a dar información precisa sobre el procedimiento y las consecuencias del
aborto. 25 de septiembre: asambleístas del PAN y del
Partido Verde Ecologista de México (PVEM) presentaron una Acción de
inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),
contra las reformas aprobadas. Argumentaron que era inconstitucional permitir
el aborto por malformaciones congénitas o genéticas graves del producto y que
el Ministerio Público pudiera autorizar el aborto en casos de violación. Fue
la primera vez que la SCJN enfrentó una controversia relativa al aborto. |
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2001 |
En Los Mochis, una adolescente
violada y embarazada por su padre fue sometida a un aborto legal en un
hospital estatal. |
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2002 |
29 y 30 de enero: la SCJN declaró la constitucionalidad de
las reformas penales cuestionadas por asambleístas del PAN y del PVEM. En
esta ocasión, el presidente de la Corte, Genaro Góngora Pimentel, manifestó:
“¡Qué bien, por el bien de las mujeres!” La sentencia es irrevocable. 23 de abril: La Secretaría de Salud (SSDF) publicó la
Circular que establece los lineamientos para organizar y prestar en el DF los
servicios de salud (en instituciones públicas, privadas y sociales)
relacionados con el aborto legal. 11 de julio: la
Procuraduría General de Justicia del DF publicó el Acuerdo que establece los
lineamientos para los Agentes del Ministerio Público, para autorizar el
aborto cuando éste es resultado de una violación o de una inseminación
artificial no consentida. 25 de agosto: la titular de
la SSDF afirmó que desde la vigencia de la Circular se han practicado tres
abortos por violación en el DF, y que las modificaciones legales no
significaron abortos masivos ni incrementos considerables en el número de
solicitudes para practicarlos. |
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2003 |
13 de octubre: Se aprueba una reforma al Código Penal de
Veracruz en donde se disminuye la sanción al delito de aborto cuando hay
consentimiento de la mujer. Las
penas aumentan cuando falta el consentimiento de la mujer y cuando hay violencia
física o moral. La reforma añade además la inseminación artificial no
consentida y la malformación genética como dos nuevos supuestos de aborto
permitidos por la ley. 26 de diciembre: Se aprueban
en la ALDF reformas en el tema de aborto al Nuevo Código Penal (CPDF) y
adiciones a la Ley de Salud para el Distrito Federal (LSDF). La nueva
legislación penal incrementa el castigo para quien hiciera abortar a una
mujer sin su consentimiento y establece un castigo mayor cuando hay violencia
física o psicológica (Artículo 145 del CPDF). Las reformas a la LSDF
establecen que, en los casos permitidos por la ley, las instituciones
públicas de salud en el DF deberán realizar la interrupción del embarazo gratuitamente,
en condiciones de calidad y en un plazo no mayor de cinco días a partir de la
solicitud de la mujer (Artículo 16 Bis 6). Se regula también la objeción de
conciencia de los médicos para que la mujer que solicite un aborto legal
tenga garantizado ese servicio. La reforma estipula que la Secretaría de Salud
del DF deberá contar permanentemente con personal no objetor. |
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2004 |
27 de enero: Las reformas del 2003 se publican en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal y entran en
vigor al día siguiente. 2 de diciembre: Se aprueba una nueva
Ley de Salud para el Estado de Baja California Sur, la cual
establece un plazo para proceder a la interrupción del embarazo cuando haya
sido autorizado por el Ministerio Público bajo condiciones de gratuidad y
calidad. Obliga, de igual manera, a los servicios de salud del
estado a suministrar anticoncepción de emergencia, en las siguientes 72 horas
de sucedida una relación sexual no protegida, efectuada o no mediante
violencia. 31 de diciembre: Se publica en el Boletín
Oficial del Estado la nueva Ley de Salud para el estado de Baja
California Sur. |
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2005 |
1 de marzo: El Congreso Estatal de Baja California Sur
aprueba nuevos códigos: Penal y de Procedimientos Penales. El nuevo Código
Penal de Baja California Sur establece una de las penas más bajas en la
práctica de un aborto para la República Mexicana: de dos meses a dos años.
Asimismo, se agrega una nueva causal de no punibilidad: cuando la salud de la
mujer sufra grave afectación si no es practicado el aborto. También se
reglamentó el aborto legal por violación o inseminación artificial en el
Código de Procedimientos Penales. En éste, se señala la facultad del
Ministerio Público de autorizar en un término de 24 horas el aborto cuando se
cumplen cinco requisitos. 20 de marzo: Se publica en
el Boletín Oficial del Estado el nuevo Código Penal y de
Procedimientos Penales para el estado de Baja California Sur. 20 de
septiembre: Entran en vigor el nuevo Código Penal y de
Procedimientos Penales para el estado de Baja California Sur. |
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2006 |
15 de noviembre: La Secretaría de Salud del DF publica, en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, los nuevos Lineamientos
Generales de Organización de los Servicios de Salud relacionados con la
Interrupción del Embarazo en el Distrito Federal, sustituyendo a los
Lineamientos publicados el 23 de abril de 2002. 29 de
diciembre: Se publica el nuevo Código Penal para el Estado de Chihuahua
donde se incluye una nueva excluyente de responsabilidad penal para el aborto:
en casos de inseminación artificial no consentida y se suprime el castigo por
aborto imprudencial o culposo. |
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2007 |
Marzo: En el Distrito Federal se discute ampliamente, en
la sociedad y en los medios de comunicación, una iniciativa para la
despenalización del aborto, sin restricción alguna, en las primeras doce
semanas de gestación. El PRD presenta sendas iniciativas en la Cámara de
Diputados y en la Cámara de Senadores con la finalidad de despenalizar el
aborto voluntario en las primeras semanas de gestación. Ambas propuestas
buscan la modificación del Código Penal Federal. 24 de abril: En
un hecho histórico, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprueba la
ley que despenaliza el aborto hasta la semana 12 de gestación. Esta ley
incluye mecanismos para la impartición de servicios de salud adecuados y
mejora los mecanismos para la protección a una maternidad libre, informada y
responsable. 26 de abril: A dos días de la aprobación de la
despenalización del aborto en la ALDF, se publica en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el "Decreto por el que se reforma el Código Penal
para el Distrito Federal y se adiciona la Ley de Salud para el Distrito
Federal" con las modificaciones relacionadas al aborto y servicios
de salud. 4 de mayo: La Secretaría de Salud del DF publica,
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los nuevos Lineamientos
Generales de Organización de los Servicios de Salud relacionados con la
Interrupción del Embarazo en el Distrito Federal, reformando, adicionando
y derogando diversos puntos de la Circular GDF/SSDF/01/06 publicada el 15 de
noviembre de 2006. Estos Lineamientos reglamentan la
prestación de servicios para la interrupción del embarazo hasta la 12a semana
de acuerdo con lo publicado el 26 de abril en la Gaceta Oficial del DF. 24-29
de mayo: El día 24 de mayo, el presidente de la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos (CNDH) y el día 25, el titular de la Procuraduría
General de la República (PGR) interpusieron sendas demandas de
inconstitucionalidad en contra de las reformas que despenalizaron la
interrupción legal del embarazo en la Ciudad de México. El día 29, el
ministro de la Suprema Corte de Justicia, Sergio Salvador Aguirre Anguiano,
admitió dichas demandas. Se les denominaron Acciones de Inconstitucionalidad
146/2007 y su acumulada 147/2007. |
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2008 |
31 de marzo: El presidente ministro de la Suprema Corte de
Justicia anuncia la celebración de seis audiencias públicas para escuchar
opiniones en torno a las Acciones de Inconstitucionalidad 146/2007 y su
acumulada 147/2007 contra las reformas en el DF que despenalizaron el aborto
en las primeras 12 semanas de gestación por parte de los promoventes,
demandados, organizaciones y particulares. Las audiencias se establecen por
considerarlas de interés jurídico y relevantes a nivel nacional. 11
de abril-27 de junio: Se llevan a cabo las seis audiencias públicas
(tres a favor de las reformas y tres en contra). Por ser de gran interés, las
audiencias públicas se transmiten en vivo por canales de televisión de paga,
y por medio de internet en el sitio web de la Suprema Corte. En aras de la
transparencia, la SCJN presenta un sitio web especialmente dedicado al
análisis integral de las Acciones de Inconstitucionalidad. (http://informa.sjcn.gob.mx). 21
de abril: Se publican modificaciones al Código Penal para el Estado
de Hidalgo donde se incluye una nueva excluyente de responsabilidad penal
para el aborto: Por malformaciones genéticas o congénitas graves
del producto e igualmente amplía de 75 a 90 días el plazo permitido para
efectuar el aborto por motivos de violación o inseminación artificial no
consentida. 25-27 de agosto: El pleno de la Suprema Corte de
Justicia analiza las Acciones de Inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada
147/2007. 28 de agosto: El Pleno de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación determinó, mediante una votación de 8 votos a favor, declarar la
constitucionalidad de la despenalización del aborto en el DF antes de las 12
semanas de gestación. Esta decisión histórica constituye la sentencia
más importante en el reconocimiento al derecho de las mujeres en México. |
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2009 |
26 de febrero: La Suprema Corte de Justicia de la Nación publica
en su micrositio de internet sobre la despenalización del aborto en el
Distrito Federal http://informa.scjn.gob.mx la "Sentencia definitiva
acerca de la Acción de Inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada
147/2007" cuyo engrose fue elaborado por el ministro José Ramón
Cossío. |


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